Nacional

INE apercibe a López Obrador por posible desacato a medida cautelar

El Instituto Nacional Electoral (INE) apercibió al presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, para que ajuste su conducta ordenada por la Comisión de Quejas y Denuncias el pasado 19 de abril.
Esto por las quejas presentadas por el PRD y Movimiento Ciudadano con motivo de las declaraciones hechas por el presidente López Obrador en la conferencia de prensa del pasado 16 de abril.

En la resolución, el INE consideró que las conductas denunciadas eran posiblemente violatorias de los artículos 41 y 134 de la Constitución, así como de los criterios y directrices establecidos por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por lo que se determinó que era procedente la medida cautelar bajo la figura de tutela preventiva.
Por ese motivo se ordenó al presidente Andrés Manuel López Obrador:

Que, durante las campañas electorales y hasta el día de la Jornada Electoral a celebrarse el seis de junio del dos mil veintiuno, se abstenga de difundir logros de gobierno -incluyendo programas sociales y las personas beneficiarias-, obra pública, e incluso emitir cualquier tipo de información que pueda incidir en las preferencias electorales de la ciudadanía, incluso cuando responda a las preguntas que le son formuladas en las conferencias de prensa.

El acuerdo fue notificado a la Consejería Jurídica de la Presidencia el mismo 19 de abril por la noche.
Sin embargo, el presidente López Obrador volvió a realizar pronunciamientos relacionados con propaganda gubernamental y de índole electoral. Esto provocó que se presentara otra queja por el incumplimiento a la medida dictada un día antes por la Comisión de Quejas.
Este jueves, la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE) consideró que las expresiones y posiciones realizadas por Andrés Manuel López Obrador en su conferencia del 10 de abril, actualizan un posible desacato a la medida cautelar indicada.

Por este motivo se determinó:

Se considera justificado, oportuno y necesario ordenar al Presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, ajuste su conducta a lo ordenado por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral, mediante Acuerdo ACQyD-INE-68/2021, apercibido que, de no hacerlo, se le impondrá como medida de apremio una amonestación pública, con fundamento en lo establecido en el artículo 41, numeral 1, en relación con el artículo 35, numeral 1, fracción I, del Reglamento de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral.

La conducta denunciada el 20 de abril se suma a otros antecedentes y quejas presentadas por diversos partidos.

“Una vez que se obtengan las respuestas a los requerimientos descritos, se enviará el expediente a la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, para que sea quien finalmente determine si existió o no desacato a la medida cautelar ordenada por esta autoridad y se pronuncie sobre el fondo de las conductas denunciadas”, destacó el INE. 

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